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APV: ¿Qué es el APV?


El APV (Ahorro Previsional Voluntario) es una herramienta que permite incentivar el ahorro adicional a la cotización obligatoria de las personas, para poder aumentar el monto de su pensión y/o adelantar la edad de jubilación, obteniendo beneficios tributarios y/o aportes del estado. Permite ahorrar un monto fijo en pesos, UF o un porcentaje de su sueldo, de manera directa o a través de descuento vía empleador.


Beneficios:

  • Permite alcanzar su número.
  • Entrega la posibilidad de pensionarse anticipadamente.
  • Permite aumentar el monto de su pensión.
  • Entrega atractivos beneficios tributarios.

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Elija el Beneficio tributario de su APV:

Régimen tributario A

 

Consiste en un aporte estatal de un 15% que le entrega el Estado sobre los ahorros previsionales voluntarios (APV) que usted realice, el que se otorga anualmente con un tope de entrega de 6 UTM ($234.126* anual). Usted sólo pagará impuestos por la rentabilidad de los fondos al momento de retirarlos.


El estado hará efectivo este aporte mediante un depósito al año siguiente de realizado los ahorros previsionales voluntarios (APV) de los últimos 12 meses (ahorros realizados en 2011, recibirán la bonificación el 2012).


*Valor de la UTM a diciembre de 2011

    

Régimen tributario B

 

Es un beneficio que permite descontar de la renta tributable los aportes que usted realice al Ahorro Previsional Voluntario (APV) con tope de 600 UF anuales, obteniendo una rebaja en la renta imponible entre un 5% y un 40% dependiendo del tramo de renta en el que usted se encuentre.


Este beneficio se hace efectivo de forma inmediata si los ahorros los realiza a través del empleador y al año siguiente si lo hace directamente el ahorrante, además, usted pagará impuestos por estos fondos solo al momento de retirarlos ya sea en la jubilación o anticipadamente.