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Seguro Ahorro Mi Proyecto

​​En SURA contamos con el Seguro de Vida con Ahorro Mi Proyecto. Este seguro es a largo plazo y entrega la posibilidad de ahorrar en Fondos Mutuos Autogestionados. Además, cuenta con un capital de fallecimiento, el que permite proteger también a tu familia.


Solo puede contratarse de forma telefónica.

  • Protección: Cobertura principal de fallecimiento de UF 500, 750, 1.000, modificable entre estos capitales a través de la vigencia de la Póliza. Se ajusta a tus necesidades en distintos momentos del tiempo.
  • Ahorro: ​Disponemos de una oferta de 3 Fondos Mutuos Autogestionados, SURA Multiactivo Conservador, SURA Multiactivo Moderado, SURA Multiactivo Agresivo, los cuales son administrados por SURA AGF. Elige cuál se acomode más de acuerdo a tu Perfil de Inversionista.


Beneficios:​

  • Cobertura de fallecimiento hasta los 65 años.
  • Plan indemnizatorio que incentiva la protección sin descuidar el Ahorro (Plan B).
  • Permite realizar aportes extraordinarios en cualquier momento sin cargos adicionales (*).
  • Permite libre elección de beneficiarios de tu Seguro.
  • Por tratarse de una Póliza de Seguro de Vida, tus ahorros son inembargables mientras la Póliza no sea liquidada. 
  • Otorga liquidez inmediata, tanto en la indemnización como en los retiros.
  • Premia la permanencia con un descuento al costo de cobertura de fallecimiento.
  • Flexibilidad para cambiar de fondo desde nuestro Sitio Web.
  • Conveniente, dado que permite acceder a una prima más económica al contratarlo de forma telefónica.
  • Acceso a servicio de Asistencias Hogar, Legal, Médica y Nutricional, entre otras de forma gratuita. ​

Exclusiones

  • ​​​​​​​​​​​​​​​Suicidio, automutilación, o autolesión. No obstante la Compañía Aseguradora pagará el Beneficio por Fallecimiento a los Beneficiarios, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubieran transcurrido dos años completos e ininterrumpidos.
  • Pena de muerte o por la participación del Asegurado en cualquier acto delictivo.
  • Si el fallecimiento del Asegurado fuere causado por acto delictivo cometido, en calidad de autor o cómplice, por un Beneficiario, o por quien pudiere verse beneficiado por el pago de la cantidad asegurada o la indemnización.
  • La realización o participación en una actividad o deporte riesgoso, que requieran o no de medidas de protección o seguridad para realizarlos. 
  • Si el fallecimiento del Asegurado fuere causado por fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva
  • Enfermedades, dolencias o situaciones de salud diagnosticadas o conocidas por el Asegurado o por quien contrata a su favor, antes de la contratación del seguro.
  • El Asegurado se encuentre en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas o alucinógenos. Estos estados deberán ser calificados por la autoridad competente. ​​​

 

Condicionados

 

 

Nota Legal: * Seguros de Vida SURA S.A. cubre los riesgos mencionados de conformidad a la POL 2 2016 0015, la cual se encuentra incorporada en el Depósito de Pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero. La información que contiene este documento sólo corresponde a un resumen de las coberturas del Seguro. Para más información sobre coberturas, exclusiones y características del Seguro, remitirse a las Condiciones Generales de la Póliza, mencionada con anterioridad. * La contratación de este Seguro está sujeta a evaluación según Declaración de Salud. * Infórmate sobre las características de la inversión de estos fondos, las que se encuentran contenidas en sus reglamentos internos y contratos de suscripción de cuotas.​​